Derechos en el Día Internacional de la Violencia Sobre la Mujer
Hoy 25 de noviembre, Día Internación de la Eliminación de la Violencia Sobre la Mujer, es importe recordar a todas las víctimas de violencia de género que no están solas, y que les asisten una serie de derechos y ayudas, que están siempre a su disposición.Os contamos algunas de ellas:
1. MEDIDAS DE PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO: LEY ORGÁNICA 1/2004
Toda mujer maltratada tiene una serie de Derechos que están recogidos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
2. DERECHO A LA INFORMACIÓN
Tienes derecho a recibir toda la información tanto en el momento de presentar una denuncia como posteriormente cuando se te notifique la resolución de adopción de medidas de protección.
3. DERECHO A LA ASISTENCIA SOCIAL INTEGRAL, que abarca los siguientes aspectos:
-Información
-Atención psicológica
-Apoyo social
-Seguimiento de las reclamaciones de los derechos de la mujer
-Apoyo educativo
-Formación preventiva nos valores de igualdad
-Apoyo a la formación e inserción laboral.
-Derecho la asistencia jurídica gratuita: Si tienes insuficientes recursos, tienes derecho a la defensa y representación gratuitas por abogado o abogada y procurador o procuradora, en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida.
4. DERECHOS LABORALES
Tienes derecho, en los términos previstos en el Estatuto de los Trabajadores, a:
– Reducción de jornada y reordenación del tiempo de trabajo: Tienes derecho a una reducción de la jornada, horario flexible o adaptación al horario, en los términos del Convenio Colectivo, o de acuerdo con la empresa.
– Movilidad geográfica. Si tienes que abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde trabajas, para hacer efectiva tu protección o tu derecho a la asistencia social integral, tienes derecho a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categoría que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo.
– En relación con la suspensión y la extinción del contrato de trabajo, tienes derecho:
- A que se consideren “justificadas” las ausencias o faltas de puntualidad, motivadas por tu situación física o psicológica.
- A la suspensión del contrato por 6 meses (renovable), con pleno derecho a desempleo y a la cotización del período. A no ser despedida por el uso de estas medidas.
- A la extinción del contrato, con la protección del desempleo.
- Trabajadoras por cuenta propia. Si te encuentras en este caso y te ves en la necesidad de cesar en tu actividad para hacer efectiva tu protección o tu derecho a asistencia social integral, se te suspenderá el deber de cotizar durante un período de 6 meses, que serán considerados como de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social. Asimismo, tu situación será considerada como asimilada al alta.
5. DERECHOS RELATIVOS A LA PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL
En los términos previstos en la Ley general de la seguridad social, la suspensión y la extinción del contrato de trabajo previstas en el apartado anterior, darán lugar a la situación de desempleo. El tiempo de suspensión se considerará como período de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de Seguridad Social y de desempleo.
6. DERECHOS ECONÓMICOS
Tienes derecho a recibir una ayuda de pago único si careces de renta superior, en cómputo mensual, al 75% del salario mínimo interprofesional y siempre que se presuma que por tus circunstancias personales tendrás dificultades para obtener un empleo. Esta ayuda será el equivalente al de seis meses de subsidio por desempleo pero la cuantía podrá ser superior se tienes alguna discapacidad o si tienes responsabilidades familiares. Estas ayudas son
compatibles con las previstas en la Ley de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual.
Acceso a la vivienda y residencias públicas para mayores. Por tus circunstancias, estarás dentro de los colectivos prioritarios en el acceso a la vivienda protegida y residencias públicas para mayores.
SI RESIDES EN NAVARRA…
Tienes, además de los anteriores, otros derechos complementarios.
El conjunto de prestaciones y servicios de los que se dispone en el ámbito de los Servicios Sociales para atender a las víctimas de violencia de género es el descrito en la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general (Decreto Foral 30/2019, de 20 de mazo).
- RECURSOS DE ACOGIDA: para proteger y atender a aquellas mujeres en situación de violencia de género que se ven forzadas a abandonar su domicilio habitual se dispone de los recursos de acogida (centro de urgencias, casa de acogida y pisos tutelados) donde además de acogida se presta acompañamiento y seguimiento individualizado dirigido a lograr la normalización de su situación personal.
- SERVICIO DE ATENCIÓN JURÍDICA A LAS MUJERES (SAM): es un servicio que presta asistencia jurídica en la interposición de denuncias por violencia de género y en todo el proceso judicial posterior. Asimismo, asesora a las mujeres sobre los temas legales que le afectan (violencia, derechos laborales, de familia, etc).
- EQUIPOS DE ATENCIÓN INTEGRAL A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO (EAIVS ): se dispone de 4 equipos en las Áreas de Servicios Sociales de Estella, Tafalla, Tudela y Comarca de Pamplona-Zona Norte, que prestan atención social, psicológica, y jurídica a las víctimas de violencia hacia la mujer, y el Servicio de Atención a la Mujer del Ayuntamiento de Pamplona, que presta atención a las mujeres de Pamplona.
- OFICINA DE ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS DEL DELITO (OAVD): presta atención en los ámbitos jurídico, social y psicológico a las víctimas de delito.
- ACCESO A VIVIENDA: las especiales dificultades a las que tienen que hacer frente las víctimas de violencia de género para el acceder a una vivienda digna, se tratan de paliar mediante reservas específicas en las promociones de vivienda pública para quieres acrediten esta condición. La acreditación como víctima de violencia de género para el acceso a dicha reserva se tramita en el Instituto Navarro para la Igualdad.
- RECURSOS GRATUITOS PARA MUJERES EN SITUACIÓN DE PROSTITUCIÓN: Son recursos de información, acompañamiento y atención para mujeres en situación de prostitución y/o que se plantean el abandono de la misma.
- TERAPIA A AGRESORES: busca la reeducación y rehabilitación de personas que ejercen la violencia de género, la violencia doméstica y/o cometen agresiones sexuales.
- AYUDAS ECONÓMICAS PARA VÍCTIMAS RESIDENTES EN NAVARRA
Para hacer frente a la difícil situación económica en la que se ven algunas personas como consecuencia de la violencia de género, se gestionan ayudas económicas:
A) EMERGENCIA: se ofrece a mujeres víctimas de violencia de género que deben abandonar su residencia habitual por situación de grave riesgo personal, y carecen de medios económicos para hacer frente a necesidades básicas puntuales.
B) AYUDAS A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO QUE ACREDITEN INSUFICIENCIA DE RECURSOS ECONÓMICOS Y UNAS ESPECIALES DIFICULTADES PARA OBTENER UN EMPLEO: dirigida a que las víctimas de violencia de género, que tengan a su favor medidas de protección vigentes, dispongan de medios económicos y tiempo para afrontar las dificultades que impiden la incorporación laboral.
Si te encuentras en situación de violencia de género, o conoces a alguien en esa situación; te recomendamos encarecidamente llamar al teléfono 016, de Servicio de Atención a las Víctimas de Violencia de Género; es gratuito y no deja rastro en la factura telefónica. PIDE AYUDA. SAL.
Si resides en Navarra, también puedes acudir al Centro de Urgencias para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, donde ofrecen acogida, alojamiento, manutención, orientación, asesoramiento y apoyo psicosocial inmediato a las víctimas (Instituto Navarro para la Igualdad telf.: 948 42 15 77)
Desde VIRGINIA GONZÁLEZ ABOGADA te podemos ofrecer asesoramiento integral, para ayudarte a salir a la situación de violencia, y poder acceder a los derechos y ayudas que te asisten. Contáctanos sin compromiso.
NI UNA MÁS, NI UNA MENOS. NO MÁS VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.