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La importancia de las parejas estables y el registro de éstas

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vgonzalez

22 de septiembre de 2020

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En los tiempos que corren y con los años la figura del matrimonio se ha convertido para algunos un convencionalismo y es bastante habitual convivir y no haber llevado a cabo ningún tipo de trámite.

Conversaciones del tipo “Llevo 10 años conviviendo con mi pareja, pagamos gastos a media y ahora nos hemos comprado una casa” o “llevo 10 años conviviendo en casa de mi pareja…. pero todavía no estamos inscritos como pareja estable…”

Craso error, como abogada y por la experiencia que tengo esto puede suponer una desventaja y desprotección en muchas circunstancias de nuestra vida.

Primero de todo para centrar y aterrizar, ¿Qué es una pareja estable? Podríamos definir pareja estable como “la unión o convivencia estable de dos personas de forma libre, pública y notoria y con un vínculo afectivo similar al que existe en el caso del matrimonio”.

Una de las formas más habituales de demostrar que ese vínculo existe es la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho correspondiente.

Aquí en Navarra en octubre de 2019 entró en vigor una nueva redacción del Fuero Nuevo. Dentro de las novedades se encuentra la regulación de las parejas estables. Dicha normativa solo se aplica a quienes tiene la condición civil foral navarra.

Para poder constituirse como pareja estable desde el 16 de octubre de 2019 es necesario manifestar la voluntad de ello en documento público (escritura notarial), y en Navarra concretamente en el Registro único de parejas estables. Dicho registro único todavía está en fase de creación por lo que actualmente solo existe la opción de la escritura notarial y registro en los ayuntamientos municipales.

Hoy día muchas parejas llevan años conviviendo sin formalizar su situación en escritura notarial, lo cual puede ser un error ya que de seguir así se verán privados de una serie de derechos o garantías que paso a detallar:

 

GARANTIA DE EQUIPARACIÓN TRIBUTARIA

Si la pareja formaliza su situación ante notario, y se inscribe va a tener una serie de garantías tributarias, concretamente a efectos del IRPF, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y del Impuesto sobre Sociedades.

Las consecuencias tributarias más importantes son:

  • Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

En lo que se refiere al Impuesto de Sucesiones y Donaciones puede tener gran relevancia económica. Por ejemplo, en caso de que una persona herede de su pareja una vivienda valorada en 250.000 y se trate de una pareja no reconocida como pareja estable, dicho heredero deberá tributar aproximadamente 70.000 euros; en cambio si es reconocida como pareja estable, a efectos de tributación se le equiparará al “cónyuge viudo” y no pagaría nada por Impuesto sobre Sucesiones.

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Si se manifiesta la voluntad de constituirse como pareja estable en documento público (escritura notarial) y se inscribe en Registro Fiscal de las parejas de hecho (dicha inscripción no sustituye a la que hay que hacer civilmente) podrán realizar de forma conjunta la Declaración de la Renta.

 

DERECHOS LABORALES

Pudiendo disfrutar del permiso laboral por enfermedad grave o muerte de la pareja. Además, tiene el mismo derecho a disfrutar del permiso de paternidad o maternidad. En cuanto al permiso de trabajador por inscribirse como pareja estable, no existe ninguna previsión legal, pero si que es verdad que hay convenios colectivos que pueden contemplar dicha situación.

 

HIJOS EN COMÚN

 

PENSIÓN DE VIUDEDAD Y NECESIDAD DE DEMOSTRAR LA CONVIVENCIA

Olvídate de la pensión de viudedad y que te la puedan otorgar de forma directa. Para poder acceder a esta pensión es necesario acreditar inscripción en registro desde hace más de dos años o, si no estáis inscritos, te verás en la situación de tener que demostrar más de cinco años de convivencia.

 

DERECHOS INMOBILIARIOS

Cuando una pareja de hecho convive en una vivienda alquilada, la legislación inmobiliaria asimila sus derechos a los de un matrimonio. Esto incluye, el derecho de subrogación legal del cónyuge para el caso de fallecimiento durante la vigencia de un contrato de alquiler.

 

DERECHOS SUCESORIOS Y TRANSMISIONES INTERVIVOS

Aunque esto es muy particular de cada Comunidad Autónoma, hay unas reglas generales en las que se equipara con el matrimonio.

En este sentido es particularmente importante el derecho de usufructo. Cuando un cónyuge muere, se reparte la herencia como deba hacerse, pero el cónyuge supérsiste puede mantenerse en el uso de la vivienda familiar.

Otro aspecto importante a tener en cuenta es la posibilidad de formalizar testamento de hermandad.

En cuanto a las transmisiones inter vivos, cabe decir que en las donaciones volvemos a encontrar la equiparación entre matrimonio y pareja estable, de forma que los cónyuges o miembros de una pareja estable, tributan de forma lineal al 0.8%, de lo contrario se le aplicaría las tarifas que el Gobierno de Navarra establece en base a la cuantía donada y el grado de parentesco entre el donante y el donatario, lo cual supondría un coste mayor a pagar.

 

APUNTES

  • Aquí en Navarra, las parejas estables que, en su momento, ya formalizaron su unión ante notario-pasando después por los registros municipales- no tendrán que volver a pasar por ese trámite notarial. No obstante, si deberán inscribirse en el Registro único una vez esté activo.
  • Si te inscribiste como pareja estable en tu ayuntamiento, pero no hay escritura notarial, con la nueva normativa es obligatorio que exista un documento público, una escritura notarial o documento público formalizado ante la persona encargada el Registro Único, que dé fe de esa voluntad de constituirse en pareja estable.
  • Las parejas estables inscritas en su municipio deberán volver a registrarse en el nuevo registro único y podrán hacer constar todo el tiempo anterior que ha durado la convivencia, acreditándolo con la anterior inscripción.

 

Como podéis ver, el formalizar la pareja estable puede conllevar la pérdida o dificultad por obtener una serie de derechos, así que os animo a que contéis con la ayuda de profesionales que os guíen en el proceso.

Desde Virginia González Abogada podemos asesorar en cada caso que es lo más conveniente para el cliente, analizando las circunstancias personales de cada uno y en función de ello elegir la solución que más se adecue a su realidad, así mismo, podremos realizar todos los trámites y gestiones que requieran la solución elegida.

 

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